¡¡¡Que los niños viajen a contramarcha, por favor!!!

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Si hiciéramos una encuesta a todas nuestras tiendas-clientes sobre qué artículos de bebés son los que más dudas y preguntas generan, estamos seguros de que las sillas de auto, sillas de coche o también llamados sistemas de retención infantil (SRI) encabezarían la lista. En este blog en el que desde que comenzó su andadura hemos querido ayudarte, vamos a tratar de resolver algunas de esas dudas, que muy probablemente sean las que tú tienes también.

Hoy vamos a insistirte en la importancia de que los niños vayan a contramarcha, es decir en el sentido contrario al desplazamiento del vehículo. Es muy frecuente que los papás y mamás que son primerizos pregunten en las tiendas que hasta qué edad tiene que ir un niño de forma obligatoria en contramarcha. Nosotros te diremos que UN NIÑO DEBE IR EN CONTRAMARCHA TODO EL TIEMPO QUE SEA POSIBLE. Esta respuesta es abierta y parece que no resuelve la duda, pero es que es la realidad. Está más que demostrado, y no hay dudas al respecto ni desde el punto de vista científico, ni técnico, ni médico ni de seguridad vial: un niño va más protegido en caso de impacto si va en contramarcha y no en el sentido de la marcha. Esto es lo que nos dice la experiencia y las decenas de estudios realizados en los distintos países, y otra cosa es lo que dice o establece la normativa o marco legal existente para los SRI.

Antes de comentarte qué dice la normativa vigente en relación con la contramarcha, vamos a recordarte cuál es el marco legal que recoge lo relacionado con los SRI. La versión más reciente del Reglamento General de Circulación en lo que al uso de SRI se refiere, es la actualización del Real Decreto 667/2015, de 17 de julio de 2015. El Reglamento, en su artículo 117, establece la obligatoriedad de uso de un SRI homologado por parte de los menores de edad cuya estatura sea igual o menor a 135 cm en los vehículos de menos de 9 plazas (turismos). En este sentido no hay ninguna especificación sobre el uso de los SRI en contramarcha. La clave está en la normativa con la que se ha homologado el SRI o silla de auto.

En la actualidad existen dos normativas distintas para la homologación de SRI o para que nos entiendas sin tantos términos legales: todas las sillas de auto que puedes usar deben estar homologadas con una de las dos normativas vigentes. La más antigua y con la que hasta hace muy poco tiempo los fabricantes podían seguir  homologando sus SRI es la conocida ECE R44, y la más reciente es la norma UN R129 (también conocida como i-Size), una normativa más exigente, más adecuada a las formas de vida actuales y más universal en cuanto a compatibilidad de los SRI con los distintos vehículos. En otras ocasiones ya te hemos indicado las diferencias fundamentales entre ambas normativas, y puesto que hoy queremos incidirte en la importancia de la contramarcha, vamos a centrarnos solo en esta diferencia. La norma R44 establece la obligatoriedad de la contramarcha en los 9 kg, que es sin duda un límite corporal para el niño muy muy bajo. Al introducirse la normativa I-size se estableció esta obligatoriedad en los 15 meses, que es más indudablemente que los 9 kg, pero aún insuficiente si tenemos en cuenta los numerosos estudios que recomiendan encarecidamente mayor tiempo obligatorio para la contramarcha.

Ya te hemos resumido lo más significativo en relación con la normativa y la contramarcha. Pero recuerda que en este blog somos algo pesados e insistentes, y si siempre te decimos que nuestra prioridad eres tú y tu bebé, cuando hablamos de seguridad, aún más. Por tanto, esta obligatoriedad nos parece poco, y te diremos por enésima vez que trates de que tu pequeño viaje en contramarcha todo el tiempo posible, al menos hasta los 18 kg, 105 cm, que son aproximadamente 4 años.

¿Por qué somos tan insistentes en este punto? Porque estamos convencidos de que la contramarcha salva vidas y disminuye la importancia de las lesiones en los pequeños en casos de colisiones. La proporción entre la cabeza y el cuerpo de un niño es mayor al hacer la comparación con un adulto. No solo la cabeza es proporcionalmente mayor, sino que además los músculos que forman parte del cuello son más débiles y las vértebras superiores aún no están desarrolladas. En caso de impacto frontal, si el niño viaja en contramarcha, la fuerza sobre la cabeza, el cuello y la espalda es menor significativamente porque existe una repartición y distribución de la misma: se reparte a lo largo de la mayor superficie de la espalda, no centrándose en la zona del cuello, disminuyendo la importancia de la hiperflexión de las vértebras cervicales, o latigazo cervical.

Que tu hijo viaje en contramarcha es muchísimo más seguro: no antepongas criterios como que el niño se marea si viaja en contramarcha, que el niño se aburre si viaja en contramarcha, que el niño no ve nada si viaja en contramarcha, o incluso que el niño no cabe si viaja en contramarcha. Este último motivo puede ser el más entendible en algunos casos, pero recuerda que la seguridad es más importante que la comodidad. Pero es que además un niño puede viajar perfectamente cómodo en contramarcha con las piernecitas cruzadas. ¿No es acaso esta postura la que adoptan muchos niños cuando juegan en el suelo?

Y puesto que hablamos de seguridad, queremos hacerte un último recordatorio: las sillas de auto homologadas con las normas R44/01 y R44/02 están prohibidas y su uso no es legal. En la etiqueta debe aparecer R44/03, R44/04 ó R129 (ó I-size). Ante cualquier duda, ponte siempre en manos de profesionales del sector, que resolverán tus dudas. Para eso estamos aquí: para ayudarte y que tus dudas de seguridad, dejen de serlo.

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